La demanda es el acto procesal verbal o escrito, en virtud
del cual una persona, que se constituye como parte actora, inicia el ejercicio
de una acción en contra de otra persona, que tendrá el carácter de parte
demandada y a quien se le exige, ante una autoridad judicial, el cumplimiento
de ciertas prestaciones.
Cipriano Gómez
Lara define a la demanda como “el primer acto de ejercicio de la acción,
mediante el cual el pretensor acude ante los tribunales persiguiendo que se
satisfaga su pretensión”.
Con la demanda se ejerce
una acción ante una autoridad judicial, ya que si no se ejerciera una acción,
estaríamos frente a una jurisdicción voluntaria o a un acto prejudicial; o si
la reclamación se efectuara ante cualquier otra instancia que no fuese
judicial, nos hallaríamos frente a una interpelación extrajudicial.
CONTENIDO DE LA DEMANDA
En cuanto al
contenido de la demanda, ésta debe contemplar tanto los elementos formales como
los materiales. Como por ejemplo los que se encuentran consagrados en el
artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal hoy
Ciudad de México, el cual dispone que en toda demanda deberá expresarse lo
siguiente:
- El tribunal ante el
que se promueve;
- El nombre y apellidos del actor y el domicilio que señale
para oír notificaciones;
- El nombre del demandado y su domicilio;
- El objeto u objetos que se reclamen con sus accesorios;
- Los hechos en que el actor funde su petición, en los
cuales precisará los documentos públicos y privados que tengan relación con
cada hecho, así como si los tiene o no a su disposición. De igual manera
proporcionará los nombres y apellidos de los testigos que hayan presenciado los
hechos relativos; asimismo debe numerar y narrar los hechos, exponiéndolos
sucintamente con claridad y precisión;
- Los fundamentos de derecho y la clase de acción, procurando
citar los preceptos legales o principios jurídicos aplicables;
- El valor de lo demandado, si de ello depende la
competencia del juez, y

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